Se simplifica el pedido de Pasaportes Italianos

¿Querés tener la Ciudadanía Italiana?
  • Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

A partir del 14 de junio de 2023 se simplifica el pedido de pasaportes italianos a partir de la entrada en vigencia del Decreto Legislativo 69/2023.


De esta manera, todos los conciudadanos italianos progenitores de hijos menores de edad podrán solicitar su respectivo pasaporte sin tener que presentar el consentimiento firmado por el otro progenitor para realizar esta gestión, como se encontraba establecido en la anterior redacciòn del artìculo 3-bis de la ley 1185/1967. Esta medida también será de aplicación para aquellos progenitores que soliciten la Carta d’ Identitá.

Estas medidas fueron adoptadas luego de que la Comisión de la Unión Europea iniciara diversos procedimientos de infracción contra el Estado Italiano por tener una lesgislación interna contraria al derecho de la Unión. Así, a fin de evitar la aplicación de cuantiosas multas, se decidió habilitar la emisión de pasaportes y documentos de identidad sin considerar la voluntad del otro progenitor.

Sin embargo, se mantiene excepcionalmente la posibilidad de inhibir la emisión del documento por parte del otro progenitor cuando exista un concreto y actual peligro de que a causa de su traslado al exterior esto pueda ocasionar una falta de cumplimiento de las obligaciones hacia sus hijos menores. En este caso, la inhibición deberá solicitarse al Juez competente del Tribunal ordinario en la que el menor tenga residencia o en el Tribunal competente de la localidad de inscripción en el AIRE si el menor reside en el exterior.

Esta medida anunciada agilizará el procedimiento para acceder a los documentos de viaje italianos que, anteriormente, cuando no existía ese consentimiento del otro progenitor implicaba acudir a la jurisdicción del Cónsul para avalar o prohibir la expedición por razones fundadas.

La simplificación del pedido de pasaportes no corresponderá para la emisión del pasaporte italiano para menores de edad puesto que se seguirá exigiendo el consentimiento firmado por ambos padres o de quienes ejerzan la patria potestad.

Extracto de la Gazzetta Ufficiale

Telegram
WhatsApp
Twitter
Facebook

Si continuas utilizando este sitio aceptas el uso de cookies. Leer más

Los ajustes de cookies de esta web están configurados para «permitir cookies» y así ofrecerte la mejor experiencia de navegación posible. Si seguís utilizando esta web sin cambiar tus ajustes de cookies o haces clic en «Aceptar» estarás dando tu consentimiento a esto.

Cerrar