CIUDADANÍA ITALIANA POR MATRIMONIO

matrimonio italiano

La Ley Italiana otorga el derecho de acceder a la Ciudadanía Italiana a aquellas personas casadas con ciudadanos italianos. Sin embargo, establece dos grandes distinciones en virtud de la fecha en la que se contrajo el matrimonio:

matrimonio antes de 1983

Las mujeres extranjeras casadas con un ciudadano italiano antes del 27 de abril de 1983 adquirieron la ciudadanía de forma automática si el marido era italiano en ese momento o si obtuvo o readquirió la ciudadanía italiana antes del 27 de abril de 1983.

En cualquier momento, aún después de una eventual disolución del vínculo conyugal (divorcio, fallecimiento del cónyuge), puede solicitarse el reconocimiento de la ciudadanía italiana por matrimonio, salvo que la aquella disolución haya acontecido:

  • Antes del 27 de abril de 1983, si la mujer residía en el exterior y readquiría o mantenía su ciudadanía extranjera de origen; o
  • Luego del 27 de abril de 1983.

Hombres y mujeres que se hayan casado con un ciudadano italiano a partir del 27 de abril de 1983.

La ciudadanía italiana no se concede en forma automática. Se debe estar casado con un ciudadano italiano de origen o por adopción, desde al menos dos años si se reside en Italia, o tres si la residencia es en el exterior. En el caso de que hayan tenido hijos nacidos en el matrimonio o adoptados por los cónyuges, el plazo se reduce a la mitad.

La solicitud debe realizarse en la comuna de residencia en Italia o en las sedes diplomáticas o consulados italianos en el país de residencia, desde donde se da intervención al Ministerio del Interior Italiano.

El vínculo matrimonial debe subsistir hasta la obtención de la ciudadanía y ambos cónyuges deben residir juntos.

En caso de disolución del vínculo conyugal (fallecimiento de uno de los cónyuges, divorcio, anulación, cese de los efectos civiles del matrimonio, separación personal) antes de la conclusión del trámite, la naturalización por matrimonio no será concedida. Sin embargo, si ello sucede posterioridad, el consorte que obtuvo la ciudadanía italiana no la perderá. El solicitante no debe tener antecedentes penales (de su país de origen y de cualquier otro país donde haya tenido residencia a partir de los 14 años de edad) o que representen un peligro para la seguridad del Estado Italiano.

Se debe tener un conocimiento del idioma italiano no inferior al nivel B1 para las solicitudes de naturalización por matrimonio presentadas a partir del 4 de diciembre de 2018.

VALOR DE TASA CONSULAR: 250 euros.

matrimonio despues de 1983

A TENER EN CUENTA: La Ley Italiana otorga el derecho de acceder a la doble ciudadanía pero, si el país del solicitante no contempla esta posibilidad, al momento de adquirir la ciudadanía italiana, se perderá la otra.

Tramitá con nosotros tu Ciudadanía Italiana por Matrimonio. Nuestro amplio conocimiento de la normativa aplicable y la experiencia adquirida a lo largo de los años nos permiten reducir los tiempos y costos de la gestión.

Realizamos la búsqueda y actualización de los documentos exigidos por la ley italiana, así como las traducciones y legalizaciones requeridas para la obtención de la ciudadanía italiana por matrimonio.

Si continuas utilizando este sitio aceptas el uso de cookies. Leer más

Los ajustes de cookies de esta web están configurados para «permitir cookies» y así ofrecerte la mejor experiencia de navegación posible. Si seguís utilizando esta web sin cambiar tus ajustes de cookies o haces clic en «Aceptar» estarás dando tu consentimiento a esto.

Cerrar